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AVACU informa sobre la anulación del impuesto de la plusvalía municipal
28/10/2021Ante las noticias aparecidas en relación a la anulación por parte del Tribunal Constitucional del impuesto de plusvalía municipal cobrado por los ayuntamientos, desde la Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios queremos informar a la ciudadanía a este respecto.
El Tribunal Constitucional dictó el pasado martes 26 de octubre una sentencia en la que declara la inconstitucionalidad y nulidad del Impuesto sobre el Incremento de Valor sobre los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como la Plusvalía Municipal, que es el impuesto que paga el transmitente cuando vende un inmueble urbano y el heredero o el donatario que adquiere un inmueble urbano. En este sentido, el Tribunal constitucional anula los artículos relativos al método de determinación de la base imponible del impuesto y, por ello, de momento este impuesto no se puede liquidar ni existe obligación de pagar, y las personas que lo tengan recurrido podrán ver estimadas sus reclamaciones con la devolución del dinero pagado.
La sentencia considera que el método de cálculo del impuesto no es el correcto, porque presume que siempre hay ganancias en la transmisión de inmuebles, aunque se pierda dinero. Asimismo, en la sentencia se declara que la anulación del cálculo de este impuesto se puede aplicar a las liquidaciones que no son firmes por estar pendientes de liquidar o de pagar, en las que estén en plazo para recurrirlas o las que tengan pendiente de resolver el recurso.
Como siempre, AVACU queda a disposición de los consumidores para la aclaración de cualquier liquidación que hayan realizado de este impuesto y, como las opciones pueden ser varias, les aconsejamos que revisen los pagos realizados por Plusvalía Municipal y comprueben si es posible su recuperación o es firme. En cualquier caso, pueden ponerse en contacto con nosotros para cualquier duda o consulta que tengan al respecto en avacu@avacu.es y en los teléfonos 963 516 644 y 963 526 865.